E·NOTIFICA

Blog

Aquí encontrarás todas nuestras noticias y novedades importantes
← Volver

Notificaciones de la Inspección de Trabajo

2 de Septiembre de 2024

¿Sabías que si eres persona jurídica estás obligado a comunicarte electrónicamente con la itss?

  • Artículo 14 ley 39/2015
  • La inspección ITSS está notificando sus actos administrativos por vía electrónica, a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ)

 

¿Cómo saber si he recibido una notificación electrónica?

  • Envía tu correo electrónico accediendo a REO-Relaciones Electrónicas con el OEITSS
  • La ITSS te avisará si ha efectuado una notificación y, en su caso, remitirá a la dirección Web correspondiente

 

El Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) está notificando sus actos administrativos por vía electrónica, a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única.

De acuerdo con la normativa vigente, todas las empresas que sean personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esta obligación implica el deber de recibir las notificaciones por vía electrónica.

Para recibir una notificación electrónica, no es preciso realizar ningún trámite, pues la notificación está asociada al Código de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa. Efectuada una notificación, el destinatario dispone de 10 días para aceptarla o rechazarla; en otro caso, la notificación se tiene por efectuada y continúa el procedimiento.

No obstante, para que una empresa sepa que la ITSS le ha enviado una notificación electrónica, es necesario que nos facilite una dirección de correo electrónico, pues de esta manera le avisaremos de que se le ha efectuado una notificación y que la misma está a su disposición en una dirección Web que nosotros insertaremos en el aviso.

Si usted aún no nos ha facilitado su dirección de correo electrónico, puede hacerlo en la siguiente dirección: COMUNICACIÓN DE EMAIL A ITSS

También puede hacerlo accediendo a la página Web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (https://www.mites.gob.es/itss/web/), donde encontrará un apartado específico denominado “REO-Relaciones Electrónicas con el OEITSS”.

Se trata de un trámite muy sencillo, para el que necesitará identificarse con un certificado electrónico cualificado de representante de la persona jurídica.

 

Por lo demás, debe saber que:

 

El proceso de recogida de contactos que la ITSS ha puesto en marcha tiene naturaleza voluntaria. La ITSS no establece ningún plazo legal para la recogida de los correos electrónicos de contacto.

Si ya ha proporcionado un correo electrónico de contacto a la ITSS no tiene que hacer ningún trámite adicional.

Es probable que adicionalmente a la notificación electrónica vía DEHU reciba además una notificación en papel. Si ya proporcionó el correo de contacto, haga caso omiso de la notificación en papel.

Si tiene cualquier duda sobre este trámite, puede plantearla a nuestro Centro de Atención a Usuarios por teléfono (900 49 44 53) o correo electrónico (cau@mites.gob.es)

 

En relación con lo anterior, queremos recordarles que entre nuestros servicios disponibles desde Creative Quality disponemos de:

  • E·Notifica dispones de un gestor automatizado para las notificaciones electrónicas.
  • Emisión de certificados digitales podrás emitir directamente los certificados digitales de tus clientes sin demoras, citas ni desplazamientos.