Novedades en Time Laboris: Nuevos parámetros para permisos y licencias
06 Abril, 2020
A consecuencia de la situación en la que nos encontramos actualmente debido al impacto del COVID-19 el gobierno publicó una serie de medidas en el ámbito laboral a fin de hacer frente al impacto económico y social.
- Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Este real decreto hace referencia a los conocidos ERTES.
- Real Decreto-Ley 10/2020 de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
En primer lugar, nos gustaría aclarar la diferencia de cada una de estas medidas brevemente:
- Expediente de regulación de empleo temporal, conocidos como ERTES. Es el procedimiento que han de realizar las empresas cuando, como consecuencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción tengan que suspender temporalmente la totalidad o parte de su actividad, con la consiguiente suspensión de los contratos de trabajo o la reducción temporal. Por tanto, el ERTE podría ser parcial o completo. De esta forma al no prestar servicios a la empresa, el trabajador no generará días de vacaciones.
- Permisos retribuidos recuperables: Conocido como “las vacaciones forzosas” se trata de un permiso que otorga el gobierno, donde te permite seguir recibiendo el salario con normalidad y una vez terminada la situación de emergencia se deberá recuperar las horas de trabajo no prestadas. Por tanto, en esta modalidad no se ven afectadas las vacaciones. Además, quedan excluidos de esta modalidad aquellos que estén teletrabajando, que estén en proceso de un ERTE o que tengan una baja por incapacidad temporal, paternidad y maternidad.
Por consecuencia, en nuestra página web de Time laboris hemos puesto a su disposición dentro del apartado empresa, licencias, dos nuevos parámetros (“reduce días de vacaciones y recuperable”) de esta forma podremos seleccionar de una forma más minuciosa y concreta el tipo de licencia.
- Reduce días de vacaciones: Se usará para aquellas licencias de suspensión de contrato de trabajo (ERTE) donde se ven afectadas las vacaciones. De esta manera podremos seleccionar si el ERTE es completo y por tanto afectara al 100% de las vacaciones o si es parcial y afecta a un % solamente. Este % dependerá de la reducción de jornada que se nos haya aplicado, por ejemplo, si nos realizan un ERTE parcial con una reducción de la actividad del 30%, esas vacaciones se reducirán conforme al 30%.
- Recuperable: Se usará para aquellas licencias de permisos retribuidos recuperables. Su función será guardar las horas no trabajadas. Generándose un saldo de hora en negativo en nuestra app.
De este modo una vez creadas previamente en nuestra página web las licencias tanto de ERTES como de Permiso retribuido recuperable, podremos realizar modificaciones a través del apartado empresa, para ello elegiremos el "centro de trabajo" deseado y haremos clic en el botón de editar ( ), se desplegará varias opciones y nos dirigiremos a licencias y permisos. (Además recordamos que a través del apartado empresa se pueden modificar otro tipo de licencias como vacaciones, incapacidad temporal etc..)
CASO 1. ERTE A TIEMPO COMPLETO.
En este caso se puede visualizar un ERTE a tiempo completo cuyas vacaciones se reducen al 100% y no son recuperables puesto que afecta a toda la actividad laboral. Para realizar esta acción basta con darle al botón de editar y completar los desplegables, al tratarse de un ERTE a tiempo completo elegiríamos la opción de Suspensión Completa y No recuperable.
CASO 2. ERTE A TIEMPO PARCIAL.
En este caso podemos visualizar un ERTE a tiempo parcial donde la jornada se ha reducido a un 50% y por tanto las vacaciones a disfrutar serán del tiempo trabajado, es decir del 50%. Para realizar esta opción basta con darle al botón de "editar" y completar los desplegables. Al tratarse de un ERTE a tiempo parcial, elegiríamos la opción de suspensión parcial, aplicaríamos el porcentaje deseado y no recuperable.
CASO 3. LICENCIA DE PERMISO RETRIBUIDO.
En este caso podemos observar como no existe % en la columna de vacaciones puesto que a través de este permiso si podremos disfrutarlas. Para realizar esta acción basta con darle al botón de "editar" y completar los desplegables, al tratarse de permiso retribuido recuperable simplemente indicaríamos que No reduce días de vacaciones y Si son recuperables.
Además, la aplicación guardará las horas no trabajadas por el tiempo que se desarrolle el permiso, como saldo negativo (horas a deber por el trabajador).
Para visualizar las horas a deber de un trabajador pincharemos sobre el apartado de "trabajadores", clicamos sobre el trabajador deseado y por ultimo sobre el apartado “cierres mensuales”.