Control horario para ETT y subcontratas
28 Enero, 2020
Las ETT (Empresas de Trabajo Temporal) no están obligadas a realizar el registro de jornada de los trabajadores. Esto correspondería a la empresa usuaria, que además está obligada a conservar los registros sobre control horarios durante cuatro años, tal y como indica la normativa al respecto.
Sin embargo, en el caso de las empresas que subcontraten servicios a través de una empresa contratista, es esta última la responsable de las obligaciones laborales de los empleados y, por tanto, recae sobre ella el deber de cumplir con la normativa sobre control horario.