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Fichar por otro compañero de trabajo justifica el despido disciplinario por parte del empresario.

06 Febrero, 2020

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla determina: "Fichar la entrada y salida suplantando la personalidad de otro compañero/a justifica el despido disciplinario en base a fraude y trasgresión grave y culpable de la buena fe contractual, sin que quepa "otra alternativa razonable"."

La reciente STSJ Andalucía analizó las acciones de una empleada trabajadora que en acuerdo con su compañera, fichaban por la otra persona, más concretamente una lo hacía a la entrada del trabajo y otra a la salida, suplantando así ambas personalidades con ayuda de que previamente se habían facilitado entre sí las claves de ingreso para el fichaje que les había establecido la empresa, falseando así el control del mismo. Este comportamiento irregular de ambas partes, suposo el despido disciplinario en base a fraude.

A la vista de los hechos, se ha declarado una "deslealtad con la empresa y quebrantamiento de la buena fe, de tal modo que quebrantadas éstas, la relación laboral debe extinguirse".  

Es de máxima importancia para las empresas y trabajadores cumplir con el registro horario mencionado en la Ley vigente de mayo del 2019, ya que si existe algún fraude con el mismo puede acarrear grandes consecuencias para ambas partes.

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